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AMERICA TV CONDENADA POR VIOLAR EL DERECHO A LA IMAGEN EN UNA "CAMARA OCULTA"

12-JUN/2006

América TV, licenciataria de LS86 TV canal 2 de La Plata, fue condenada por la Sala K de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a pagar 60 mil pesos en concepto de daño moral a una mujer que apareció en una “cámara oculta”, que integraba un informe sobre fuga de capitales, emitido en el programa “Periodistas” en el año 2002.




El litigio se inició tras la emisión, el 14 de abril de 2002, de un informe denominado “Contrabando hormiga de divisas al exterior”, en el programa conducido por Marcelo Zlotogwiazda, Adrián Paenza y Ernesto Tenembaum. El trabajo periodístico abordaba la apertura de cuentas en bancos y entidades financieras de Uruguay, “operación efectuada por miles de argentinos como alternativa para resguardar su dinero frente a la alarmante situación que ha estado viviendo nuestro país desde diciembre de 2001”.

En una parte del informe se recurrió a “cámaras ocultas que registran en video, escenas promovidas y ejecutadas por una persona de la producción del programa, que también ocultó su identidad y propósito de la conversación”. Así fue que la demandante, una prestigiosa psiquiatra, es exhibida en una secuencia cuando dos jóvenes le preguntan sobre el mecanismo de apertura de una cuenta bancaria en Uruguay. Esto ocurrió el 10 de abril de 2002, cuando L. B. se dirigía a bordo de un transbordador a la ciudad de Colonia para realizar un trámite de la misma índole.

Para determinar la generación del daño moral a la demandante, los camaristas tuvieron en cuenta algunos de los fundamentos esgrimidos por el juez de primera instancia, que había condenado a América TV por haber violado el derecho a la imagen y honor de L. B., pero fijando la suma indemnizatoria en 45 mil pesos. 



“La temática propuesta por el programa en cuestión, fuga de capitales hacia el exterior; la imagen en la pantalla, de las hormiguitas llevando billetes de la divisa extranjera; las expresiones utilizadas por los propios periodistas luego de referirse a los bancos que podrían haber abierto el corralito y devuelto el dinero a la población, entre ellas: ‘...hay un grupo de personas que naturalmente más allá de las filtraciones hacen una suerte de no sé si llamarlo contrabando hormiga’, y finalizando el programa, luego de pasar las entrevistas, ‘...veía las hormiguitas, esto que se va a Montevideo es contrabando hormiga, el contrabando es chiquito, la fuga de capitales de clase media, personas que ustedes veían ahí’; ‘...y por supuesto y esto está reservado para los que tienen mucha, mucha guita y no crean que se van con la valija... son fugas de capitales que se hacen mucho más, sofisticadas que en un Buquebus’; la directa alusión a las entrevistas efectuadas, entre ellas la de la actora, con difusión de su imagen, donde manifiesta que se trasladaba al Uruguay para concurrir a una entidad bancaria, configura como bien sostiene el a quo, un cuadro de situación que para aquella puede muy bien constituir una ofensa a la reputación, resultando claramente ofensivo a su imagen y a su derecho personalísimo a la intimidad y al honor, aún cuando no se impute en forma directa, con nombre y apellido un delito de acción pública”, señala un pasaje del fallo firmado por los integrantes de la Sala K el 22 de marzo de 2006.

Para fijar el monto indemnizatorio en 60 mil pesos los jueces tuvieron en cuenta “ciertas circunstancias relacionadas con la personalidad del afectado, el ámbito en el que se desenvuelve, la naturaleza de la intrusión, la finalidad perseguida, el medio empleado, el grado de difusión que adquirió y la incidencia futura que puede acarrear en la vida familiar, de relación en la función o empleo del damnificado”. En ese sentido, entendieron que la suma de 45 mil pesos fijada en la sentencia de primera instancia era exigua, por lo cual decidieron elevarla “de conformidad a las constancias de la causa y a lo manifestado por los testigos en relación a la afectación al honor, y a la intimidad de la actora, tanto en el plano personal, profesional como académico”.

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