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PUBLICIDAD. ENTRO EN VIGENCIA LEY ANTITABACO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 

11-NOV/2005

A partir del 8 de noviembre entró en vigencia la Ley de Control del Tabaco que, entre otras cuestiones, impide los anuncios publicitarios de “de productos elaborados con tabaco, ya sea para su venta, promoción, entrega u oferta en forma gratuita, y cualquiera fuera su mensaje, contenido, finalidad o consigna".




Se trata de la Ley 1799, promulgada por la legislatura porteña el pasado 29 de septiembre y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires este martes 8 de noviembre.

Además de la prohibición que recae sobre aspectos publicitarios, la norma señala que no se puede fumar en "shoppings, restaurantes, bares, confiterías, clubes barriales, estaciones de subterráneos" y otros lugares más, excepto que tengan un lugar especialmente preparado para tal fin y cumplan con la normativa establecida por esta ley.

El artículo 36 de la mencionada Ley señala que, a partir de su entrada en vigencia, los anuncios publicitarios "no podrán ser colocados en vallas, murales, paradas, estaciones de transporte o localizaciones ubicadas a menos de 200 metros de cualquier establecimiento educativo o centros de salud públicos.“

Mientras que para el resto de las variantes de publicidad existentes, que no son mencionadas en el texto de la ley pero se presume que quedarían incluídos los anuncios publicitarios emitidos por los servicios de radiodifusión con domicilio fijado en territorio porteño, la norma otorga un plazo de adecuación, fijado en el 1° de enero de 2007. A partir de dicha fecha la prohibición en la difusión de anuncios publicitarios será absoluta.

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