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TRANSFERENCIAS DE ACCIONES Y LICENCIAS: EL COMFER FLEXIBILIZO LOS TRAMITES

16-MAY/2005

El COMFER modificó la Resolución 1110/01, que contiene el "Reglamento para la presentación de Transferencia de Acciones y Cuotas de Titularidad de Licencias" el cual, en su artículo 2º facultaba a la Mesa de Entradas del organismo a rechazar cualquier solicitud que no reuniera la documentación mínima exigida.

A través de la Resolución 536, publicada en el Boletín Oficial el 13 de mayo, el mencionado organismo entendió que la aplicación de dicha exigencia "resulta violatoria del derecho constitucional a peticionar a las autoridades", como también que "resulta de un excesivo rigorismo formal, contraria al principio de informalismo a favor del particular, que rige el Procedimiento Administrativo…".

De acuerdo a las modificaciones introducidas en dicho Reglamento, la documentación faltante puede ser subsanada con posterioridad a la presentación, la cual "deberá ser evaluada por la totalidad de las áreas intervinientes en el procedimiento de autorización, debiendo elevar un informe pormenorizado respecto de la documentación faltante en su caso, a la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa", según consta en el nuevo artículo 3º del Anexo I.

Asimismo, "Para el caso de determinarse la falta de documentación citada en el artículo precedente, el área primaria dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa, deberá proceder a intimar su incorporación al peticionante, en los términos y bajo el apercibimiento previsto por el artículo 1º inciso e), apartado 9 de la Ley 19.549 (T.O. 1991)", señala el artículo 3º bis, incorporado por la Resolución 536/05.

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