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MAURO VIALE CONDENADO EN CAUSA POR CALUMNIAS E INJURIAS

25-FEB/2005

La Sala C de la Cámara Nacional en lo Civil de la Capital Federal condenó, el pasado 14 de diciembre de 2004, a Mauricio Goldfarb y a Viale Medios S.A. a pagar a Enrique M. Honores la suma de $ 40.000, por la divulgación de calumnias e injurias.

Las mismas fueron realizadas por E.W.V. en varias emisiones de los programas "Mediodia con Mauro" y "Fenómeno Real", difundidos por LS86 TV canal 2 – América, que Mauricio Goldfarb conducía y producía.

Según consta en el fallo, E.W.V. fue invitada a dichos programas, ya que mantenía un conflicto con el actor Enrique M. Honores, que comenzó cuando éste había rechazado el reclamo de aquélla, en su carácter de viuda heredera del Dr. Carlos Oliver, por una deuda vinculada con los asuntos judiciales que según ella ambos como socios tenían en común.

La mujer no sólo había dicho que Honores era un abogado "trucho", sino también "de haberle robado, de ladrón, delincuente; lo agrede diciéndole tarado; canalla, "sos la persona más canalla que hay en la vida"; que es un dictador, le tiene miedo toda la población de Miramar; podrido, roto, delincuente, maldito, ratón, cucaracha; también dijo: estafó al Estado, fue diputado provincial, sabe la, yerba que se llevó, por eso viajó a Europa, a lo mejor, a dejar en un banco alguna cosa".

Aunque E.W.V. fue declarada inimputable, los magistrados concluyeron que "no cabe duda de que la pasividad del conductor del programa y la omisión de toda advertencia para que quien emitía expresiones ofensivas hacia el honor y la honra del aquí reclamante cesara en sus infundios e insultos, constituyeron una conducta negligente que ha contribuido en la divulgación de ese ataque a la persona de quien a esa época se desempeñaba como intendente del Partido de Gral. Alvarado. No sólo omitió en ese primer programa adoptar alguna medida a impedir la agresión verbal hacia el otro invitado que se tornó reiterativa, sino que debió advertir que con sus preguntas el conductor generaba respuestas injuriosas, situación que no terminó con ese primer programa, sino que continuó en los que sucesivamente fueron emitidos en los mediodías y las noches subsiguientes".

Asimismo, resultó esencial para determinar la responsabilidad de Goldfard y de su productora que "La leyenda aparecida bajo la imagen de la denunciante, antes de que ella explicitara la razón de su presencia, en el programa en gran medida revela el sensacionalismo del programa y que no obstante hacer mención a que se trata de una denuncia, en lugar de utilizar un verbo potencial, se expresa en términos asertivos: "E.V. Denuncia contra el Intendente de Miramar por ser Abogado Trucho". No obstante lo cual en esa leyenda se está haciendo mención a la denuncia por la invitada, por lo que esa sola circunstancia no bastaría para inculpar al conductor o a la productora del programa. También el momento en que aparece y la presencia del intendente, demuestran que el objeto de la denuncia era conocido con anterioridad, pero esto no conlleva que los demandados tuvieran conocimiento de que la invitada iba a formular expresiones lesivas al derecho al honor del otro invitado. Sin embargo, la forma en que fueron desenvolviéndose los programas sucesivos, demuestran que el conductor del programa no sólo no tomó ninguna medida tendiente a evitar la reiteración descontrolada de insultos y frases y gestos agraviantes emitidos por la invitada, sino que en alguna medida con sus preguntas provocaba esas respuestas que se transformaron en previsibles".

"La característica peculiar del programa, con predominio sensacionalista, no es excusa para liberarse de la responsabilidad por los daños que genera la difusión masiva de injurias o calumnias, en la que el conductor y la productora han contribuido a concretarlos", señalaron los camaristas respecto a los argumentos presentados por la defensa.

A los fines de fijar el monto resarcitorio por el daño moral producido, los jueces evaluaron "la despreocupación por llegar a la verdad sobre ese punto por parte del conductor y de la productora (la acusación de abogado "trucho"), la situación que tuvo que soportar durante el desarrollo de los programas, en los que fue objeto de ataques desmedidos por parte de la invitada, sin que los responsables de esas emisiones pusieran orden para que cesaran las injurias".

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