Inicio

Archivo de Notas Base de Datos Marco Normativo Contacto

 

mexico. periodista de radio asesinado y otro desaparecido

14-MAY/2015

*Recomendar esta nota

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato del periodista Armando Saldaña Morales, cuyo cuerpo fuera hallado sin vida el 4 de mayo cerca de la localidad de Acatlán de Pérez Figueroa, en el estado de Oaxaca, 350 kilómetros al sureste de la Ciudad de México. Además, expresa su preocupación por la desaparición del periodista Bernardo Javier Cano Torres en la localidad de Iguala, Guerrero, e informada el 7 de mayo por la Fiscalía de ese estado.

La Relatoría manifiesta su preocupación e insta a las autoridades mexicanas a actuar de manera pronta y oportuna para encontrar con vida al periodista secuestrado y esclarecer los motivos del asesinato ocurrido, además de poner en práctica todos los instrumentos jurídicos con los que cuenta para identificar y sancionar a los responsables.

De acuerdo a la información disponible, Saldaña Morales trabajaba en la radio "La Ke Buena 100.9 FM" de la localidad de Tierra Blanca, estado de Veracruz, a unos 30 kilómetros del lugar donde fue hallado muerto con varios disparos y signos de tortura. El reportero cubría noticias locales de política y conflictos en la región.

El procurador general de Justicia del Estado de Oaxaca, Héctor Joaquín Carrillo Ruiz, dijo a periodistas que iniciaron una investigación "para poder establecer (…) si fue secuestrado en un inicio (…) o solamente fue asesinado en territorio de Veracruz y dejado en este lugar de Acatlán de Pérez Figueroa".

Según la información aportada por el Estado mexicano, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión está investigando el caso, la Policía Federal Ministerial fue instruida para investigar los hechos y a la Coordinación para la Prevención de Delitos Electrónicos de la Policía Federal se le ordenó investigar la línea editorial del periodista asesinado. Los investigadores solicitaron además los posibles registros de cámaras de vigilancia que pudieran existir.

En tanto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México condenó el ataque en un comunicado emitido el 7 de mayo e informó que "inició de oficio un expediente de queja y atrajo el caso", "contactó a los familiares de la víctima con objeto de expresarles su solidaridad y desplazó visitadores a la zona".

El Estado de Veracruz, donde vivía Saldaña Morales, es uno de los más peligrosos en México para ejercer el periodismo. A comienzos de este año fue asesinado en ese mismo estado el periodista y activista José Moisés Sánchez Cerezo, y reporteros de esa zona han denunciado amenazas en numerosas ocasiones.

En cuanto al periodista secuestrado en Guerrero, habría desaparecido junto con otras tres personas que viajaban con él en una camioneta, y los autores del crimen habrían pedido un rescate por ellos. Cano trabajaba en ABC Radio de Iguala, en el programa "Hora Cero". La localidad de Iguala ha registrado hechos de significativa violencia en los últimos meses y el estado de Guerrero es uno de los más peligrosos para ejercer el periodismo en ese país.

La Fiscalía de Guerrero informó que está investigando el caso.

La situación de violencia contra los y las periodistas en México ha sido motivo de preocupación especial para esta oficina. La Relatoría Especial exhorta a las autoridades a investigar de manera exhaustiva la hipótesis según la cual estos ataques estarían asociados con el ejercicio de la profesión de los periodistas y a poner en práctica todos los instrumentos con los que cuenta para sancionar a los responsables materiales e intelectuales.

Para la Relatoría Especial es fundamental que el Estado esclarezca la causa de estos crímenes y adopte medidas de reparación justas para los familiares del periodista asesinado.

Además, la Relatoría Especial considera que es fundamental evaluar de manera urgente si deben activarse los mecanismos de atracción de manera que este caso pueda ser investigado y judicializado de inmediato por las autoridades federales. Asimismo, considera esencial que se consolide el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y que se fortalezcan los mecanismos de coordinación interinstitucional entre las autoridades federales y los distintos niveles del gobierno para asegurar la adecuada adopción e implementación de las medidas de protección.

El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH señala: "[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada".

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la CIDH con el fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.
 

Fuente: Relatoría Libertad de Exrpresión - OEA

15-MAY/2015

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llama a los Estados a abstenerse de usar el derecho penal para silenciar las voces críticas.

La Relatoría Especial continúa recibiendo serias denuncias sobre la apertura de procesos penales contra comunicadores, periodistas, dirigentes políticos y sociales por la expresión de opiniones críticas y la protesta frente alguna clase de poder político, económico o militar. En los últimos años, funcionarios públicos han llevado a la órbita penal a medios de comunicación y periodistas o directivos en Venezuela, Cuba, Ecuador, Honduras, Brasil y Guatemala.

El caso más reciente se registró en Venezuela, donde el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, demandó penalmente a los periodistas, directivos y propietarios de los medios El Nacional, La Patilla y Tal Cual por reproducir informaciones difundidas por un diario español que lo aludían.

En Honduras hubo recientemente dos procesos penales. Uno de ellos es contra el periodista Julio Ernesto Alvarado, condenado por el delito de "difamación por expresiones constitutivas de injurias" a 16 meses de prisión, interdicción civil y penas accesorias dentro de las cuales se encontraba la prohibición de ejercer el periodismo por el mismo tiempo de la pena de prisión. En otro, la defensora de los derechos de las mujeres Gladys Lanza fue condenada a un año y medio de prisión por hacer declaraciones públicas sobre un caso de presunto acoso sexual en el espacio laboral.

En tanto en Nicaragua, un médico y teniente del Ejército fue condenado a prisión a comienzos de este año por tres meses y medio por el delito contra el decoro militar tras calificar como una "Navidad Roja" y criticar el operativo para disolver una manifestación contra el proyecto del canal interoceánico en ese país. En Brasil, el periodista Cristian Goes fue condenado recientemente a siete meses de prisión (convertidos a servicios comunitarios) por el delito de injurias, tras una denuncia penal de un ministro que se sintió agraviado por una novela de ficción que entendió que lo aludía.

Otra modalidad de utilización del derecho penal para silenciar voces consiste en la apertura de juicios penales a los representantes de radios comunitarias por emitir sin autorización. Este tipo de acciones que penalizan el ejercicio de la libertad de expresión a través del espectro radioeléctrico se registró recientemente en Guatemala, Honduras, Brasil y Chile.

La Relatoría Especial señala que en la mayoría de los Estados de la región persisten normas penales que continúan sin adecuarse a los estándares interamericanos en materia de protección a la libertad de expresión y que permiten la imposición de medidas desproporcionadas que pueden tener un efecto silenciador incompatible con una sociedad democrática. Incluso se ha visto en los últimos años la invocación de otras figuras penales vagas e imprecisas –como terrorismo, subversión e incitación a la violencia– para sancionar expresiones críticas o de protesta.

Es por ello que la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión insta a los Estados a derogar las leyes que consagran el desacato y la difamación criminal en casos que involucran el interés público, modificar las leyes penales ambiguas o imprecisas que limitan la libertad de expresión, e incorporar los estándares interamericanos a la legislación civil de manera tal de que los procesos civiles adelantados contra personas que han hecho declaraciones sobre asuntos de interés público apliquen el estándar de la real malicia, de conformidad con lo dispuesto en el principio 10 de la Declaración de Principios de la Libertad de Expresión de la CIDH, y que resulten proporcionales y razonables.

27-MAY/2015

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión presenta el informe temático "Estándares de libertad de expresión para la transición a una televisión digital diversa, plural e inclusiva", que cuenta con la reciente aprobación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Se trata de un tema actual en la región, dado que varios países se encuentran en plena transición de la televisión analógica a la televisión digital abierta y otros ni siquiera han dado inicio a este proceso que encierra un profundo cambio tecnológico y la adopción de decisiones que pueden afectar el derecho a la libertad de expresión.

La digitalización permite la convergencia de contenidos y plataformas a través de múltiples tipos de redes, sean el espectro radioeléctrico, cables ópticos o emisiones satelitales. Con la digitalización los medios audiovisuales pueden mejorar su calidad de transmisión, al tiempo que se produce un ahorro en el uso de las frecuencias radioeléctricas que permitirían la existencia de más señales de televisión.

Por la función que desempeñan los medios de comunicación en una sociedad democrática, cualquier decisión sobre la transición hacia la televisión digital debe observar principios relacionados con las garantías para el ejercicio de la libertad de expresión, la seguridad jurídica y la promoción de la diversidad y el pluralismo en todas las plataformas.

En este sentido, es necesario establecer principios que orienten la expedición e implementación de leyes para regular los aspectos técnicos de este proceso, pero también con el fin de promover el pluralismo y remover barreras culturales o lingüísticas para el acceso a diversas fuentes de información y aprovechar esta oportunidad única para evitar o reducir la concentración de medios en pocos operadores.

Uno de los objetivos del proceso de implementación de la televisión digital en la región debería ser el logro de sistemas de medios televisivos más diversos y plurales que los existentes a la fecha con las tecnologías analógicas. Para ello, los Estados deberán evaluar las posibilidades derivadas del ahorro de espectro que permite la digitalización de las emisiones, y definir el uso de los diversos dividendos digitales que se liberan al finalizar la transición.

En el presente documento, la Relatoría Especial hace un repaso de las buenas prácticas legales y regulatorias que se están llevando a cabo en el hemisferio, considerando este cambio tecnológico como una oportunidad para incrementar la diversidad de voces y habilitar el acceso de nuevos sectores de la población a los medios de comunicación.

La Relatoría Especial también pone a disposición de los Estados y de la sociedad civil de la región, principios generales de protección del derecho a la libertad de pensamiento y expresión en el marco del proceso de la transición hacia la radiodifusión digital. Estos principios buscan servir de guía a gobiernos, órganos legislativos y administrativos, tribunales y sociedad civil, para allanar el camino en este escenario conceptual y técnicamente novedoso y promover la revisión y adopción de legislación y prácticas, en aras de lograr el pleno respeto al derecho a la libertad de pensamiento y expresión, y una mayor inclusión de actores en este proceso.

Para leer el informe haga click en el siguiente enlace:
http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/informes/Informe%20Tem%C3%A1tico%20TV%20Digital.pdf


La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la CIDH con el fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.

Volver

        Se autoriza la reproducción del material periodístico si se menciona la fuente RADIODIFUSIONdata