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MUNICIPIO O DEPARTAMENTO EN LUGAR DE LOCALIDAD, PARA LA EXTENSION DE LICENCIA DE TV POR CABLE

02-DIC/2014

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En el Boletín Oficial del 26 de noviembre la AFSCA publicó la Resolución 1325 a través de la cual modificó el Pliego de Bases y Condiciones para la tramitación de licencias de servicios de TV por suscripción (Resolución 432/11).

 

En concreto, los artículos que regulan la extensión en la prestación del servicio. Es que en el texto original se refiere a localidad, cuando la Reglamentación de la Ley de S.C.A. tiene en cuenta el municipio o departamento para que se considere extensión.

Por lo tanto, el texto nuevo aprobado por la Resolución 1325 es el siguiente:

"Los titulares de licencias de servicios de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico podrán solicitar autorización para extender el servicio únicamente hacia municipios o departamentos colindantes cuya densidad poblacional sea inferior, según el último Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas elaborado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC), a la del departamento o municipio que corresponda a la licencia adjudicada.

Asimismo podrán solicitar autorización para expandir el servicio hacia otras localidades del mismo municipio o departamento, sin que sea necesario el cumplimiento de los requisitos de colindancia y menor densidad poblacional. Dicho procedimiento se ajustará al trámite previsto para la extensión de servicios y requerirá de la compra del respectivo Pliego.

En el supuesto de que la licencia solicitada comprenda diversas localidades del mismo municipio o departamento, la adjudicación pertinente podrá otorgarse de manera simultánea y el cabezal del sistema podrá instalarse indistintamente en cualquiera de ellas.”


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