| 
				un 
				fallo judicial obliga a cablevision de cordoba a incorporar la 
				señal cba24n 10-SEP/2013 *Recomendar esta nota  La resolución de 
				la Justicia ordena a la señal de cable del Grupo Clarín a 
				incluir en su grilla al canal de noticias de la UNC. “Esperamos 
				que la empresa cumpla con la sentencia y que se ajuste a lo que 
				establece la ley”, afirmó Esteban Falcón, titular de los 
				Servicios de Radio y Televisión (SRT) de la Universidad Nacional 
				de Córdoba El juez federal Nº 
				2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, resolvió ordenar a la 
				empresa Cablevisión incluir en su grilla de programación de tv 
				cable a la señal de Cba24n, que pertenece a los Servicios de 
				Radio y Televisión (SRT) de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). 
				El fallo obliga a la empresa del Grupo Clarín a incorporar la 
				señal en un plazo no mayor a los próximos 20 días.
 Pese a que la conducta por parte de la empresa ha sido siempre 
				evasiva y dilatoria, y no ha reconocido sentencias anteriores, 
				el titular de los SRT, Esteban Falcón, confirmó que la 
				expectativa es que en esta oportunidad Clarín cumpla con la 
				resolución y no recurra a maniobras como las apelaciones.
 
 “Obviamente, lo que han intentado desde siempre es desconocer 
				todos los artículos de la Ley de Servicios de Comunicación 
				Audiovisual, que amplían la pluralidad de voces”, recordó. Sin 
				embargo, apuntó: “Lo que esperamos es que la empresa cumpla con 
				la sentencia, que se ajuste a lo que establece la ley y 
				consecuentemente incluya nuestra señal”.
 
 En ese sentido, el Presidente de los SRT agregó que Cablevisión 
				“argumenta lo mismo de siempre: dicen que no disponen de espacio 
				en su grilla, pero, como dice la ley de medios, lo que 
				corresponde es priorizar los canales locales”. Y añadió que las 
				razones que pone de manifiesto el Grupo Clarín para no incluir 
				la señal de Cba24n no se han podido acreditar debidamente en la 
				causa.
 
 Por su parte, el titular de Afsca Córdoba, Carlos Vicente, 
				sostuvo que “algún día Clarín va a tener que darse cuenta de que 
				tiene que cumplir con la ley”. Además, Vicente destacó que el 
				canal de Cba24n es el primer canal de noticias 24 horas del 
				interior del país, que se trata de una señal gratuita y que 
				-además de este fallo- “existen otras tres órdenes judiciales 
				anteriores que obligan a Cablevisión a cumplir con la grilla de 
				programación de Afsca y una denuncia penal del organismo a la 
				empresa por incumplir dichas resoluciones de la justicia”.
 
 En ese contexto, el titular de la Delegación de la Autoridad 
				Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual de Córdoba dijo 
				que con estas resoluciones judiciales “lo más importante es que 
				los cordobeses van a poder acceder al canal de noticias 24 horas 
				de la provincia y esto les va a permitir estar informados sobre 
				lo que pasa acá y no sólo en Buenos Aires”.
 
 Asimismo recordó que en el 2010 la Afsca, por Resolución 296, 
				estableció la incorporación a las grillas de los sistemas de 
				televisión por cable de los canales gratuitos para que los 
				ciudadanos y ciudadanas puedan acceder a todos los contenidos 
				garantizando la pluralidad de voces.
 
 Además, añadió que dicha resolución dispuso las pautas del 
				ordenamiento de las señales o canales televisivos para fomentar 
				la igualdad al competir, ya que las señales deben estar 
				agrupadas por rubro o género.
 
 El dictamen
 
 Según la resolución del Poder Judicial de la Nación N° 255/13, 
				con fecha 9 de septiembre, “comparece el representante legal de 
				los Servicios de Radio y Televisión de la Universidad Nacional 
				de Córdoba e interponen demanda en contra de Cablevisión S.A., 
				persiguiendo se ordene a la demandada incorporar en la grilla de 
				programación del servicio básico que ofrece en la Ciudad de 
				Córdoba, la señal de noticias CBA24N”. Y señala que “la Ley 
				26.522 (Ley de Medios) reconoce a las Universidades Nacionales 
				como prestadores de servicios de comunicación audiovisual de 
				derecho público estatal”.
 
 Asimismo, el dictamen expresa que pese a que el 19 de mayo de 
				2011 “se libró un documento a Cablevisión S.A. informándole que 
				se iniciarían las emisiones de la nueva señal informativa”, la 
				empresa “rechazó los envíos negándose ilegítimamente y mediante 
				argumentos falaces”, y destaca que “pese a haber cursado 
				intimaciones a la demandada (Cablevisión S.A.), ésta omitió 
				cumplir con sus obligaciones establecidas por el art. 65, inc.3, 
				b) y e) de la ley 26.522 y las resoluciones de la autoridad de 
				aplicación”.
 Fuente: El Argentino |