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				cablevision apelo el fallo que le 
				ordena incluir la señal cba24n de la universidad de cordoba 06-JUL/2011  
 El juez federal Nº 
				2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, dispuso conceder la 
				medida cautelar 
				solicitada por los Servicios de Radio y Televisión (SRT) sobre 
				la señal de Cba24n que se emite desde el 1º de junio sólo por el 
				sistema de TV digital que impulsa el Gobierno Nacional. La medida 
				dispuesta por el magistrado busca que la empresa Cablevisión 
				incorpore a su grilla de canales la señal de Cba24n, lo que 
				reabre la polémica sobre la aplicación y alcances de la llamada 
				ley de medios.
 El fallo, según el juez, es para que se "cumplimente con la 
				resolución N° 505/10 de la Autoridad Federal de Servicios de 
				Comunidad Audiovisual (AFSCA) y en consecuencia incorpore a la 
				grilla de señales que ofrece a sus suscriptores".
 
 Se apelará la medida. Los SRT solicitan la inclusión de la señal 
				en base al artículo 65, inciso “e”, de la ley de servicios 
				audiovisuales. La medida dispuesta será apelada, informaron 
				fuentes de Cablevisión, y el caso pasará a la Cámara Federal de 
				Córdoba.
 
 El juez pone además bajo apercibimiento una multa de "1.500 
				pesos por cada día de demora". "Se requiere la fianza personal 
				de seis letrados inscriptos en la matrícula federal quienes se 
				obligaran por la suma de 50.000 pesos cada uno", añade la 
				resolución.
 
 Fuentes de la Asociación Cordobesa de Radiodifusión por Cable (Acorca) 
				advirtieron días atrás que la autorización dada a los SRT por 
				Afsca, para usar la frecuencia 33, es exclusivamente para emitir 
				la programación de LV80 TV Canal 10 y que de ninguna manera la 
				Universidad puede emitir otra programación diferente en dicha 
				frecuencia, según los artículos 45 y 93 de la citada ley.
 
 De lo contrario, tendría dos canales en la misma área de 
				cobertura, lo cual no está permitido por el artículo 45 de esa 
				norma. Canal 10 sí se encuentra en la grilla de Cablevisión, no 
				así en la de DirecTV.
 
 Se indicó asimismo que la ley no obliga a incluir las emisiones 
				de los nuevos canales que se adjudiquen luego de su sanción, ya 
				que en ese caso la norma se tornaría inconstitucional por 
				irrazonable.
 Fuente: La Voz del 
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