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URUGUAY: CREAN ARCHIVO GENERAL DE RADIO Y TV

06-JUL/2009

Las radios y canales de televisión públicos y privados deberán almacenar los programas que emitan -incluidas las tandas publicitarias- y enviar copia de ello al Archivo Audiovisual recientemente creado, según lo impone una ley votada el 9 de junio. 



La norma dispone además que, en un plazo de 180 días, las emisoras de radio y televisión deberán entregar al Archivo Audiovisual copia de todo el material audiovisual en su poder. 

La emisora que, intimada, no cumpla con las obligaciones que se le imponen, será sancionada con una multa de hasta el 1% de la facturación que declare ante la Dirección General Impositiva por el ejercicio anterior. 

La fiscalización estará a cargo de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec). El importe de la multa se graduará de acuerdo con la gravedad de la falta y los antecedentes del infractor. El monto de lo recaudado se destinará al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (Sodre). 

La ley declaró de interés público "el archivo de todo programa de radio o televisión transmitido por emisoras públicas o privadas dentro del territorio nacional". 

La Asamblea General creó el Archivo Nacional con ese fin, el que funcionará en el Sodre. La norma aclara que en los contenidos del archivo quedarán excluidas las películas cinematográficas y los programas extranjeros. 

La ley prevé que las emisoras de radio y televisión "deberán entregar semanalmente copia del total de programas emitidos la semana anterior a la de la remisión, cualquiera sea el soporte técnico". Pero añade que se podrá determinar con carácter obligatorio el tipo de soporte técnico. 

La ley señala que toda persona tendrá libre acceso al material archivado, en las condiciones que fije la reglamentación dictada al efecto por el Sodre. Agrega que el Sodre podrá transferir al soporte técnico que considere más conveniente el material que se le remita.

Fuente: El País

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