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LEY DE RADIODIFUSION:
ALGO MAS QUE REMEDAR LA CONSTITUCION
06-MAY/2008
Una vez más, un nuevo gobierno ha decidido implementar modificaciones a la Ley de Radiodifusión que lleve a la sanción de un nuevo marco legal del sector.
La Coalición por una radiodifusión democrática ha presentado 21 puntos que le fueron entregados a la señora Presidente de la Nación sin que dicho documento sea, en la realidad, un proyecto de ley.
Efectivamente, los 21 puntos a los que se llama "marco democrático" de la futura ley ya se hallan consagrados en la Constitución Nacional, por lo que sería absurdo repetir en una ley lo que la Carta Magna ya dice. Comenzar a discutir esto es perder tiempo, que es lo que desean los factores de poder y los grupos de presión, argentinos y extranjeros, que modelan la opinión pública.
Una ley de radiodifusión moderna no debe ser una ley sectorial para determinados emprendimientos que se autodenominan "comunitarios" ya que todos -grandes, medianos y pequeños- interactúan en la comunidad a través del soporte del cable, el codificado por vínculo radioeléctrico, la radio y la televisión.
SOBRE RADIOS COMUNITARIAS
José Ignacio López Vigil lo explica de la siguiente forma: "...Cuando una radio promueve la participación de los ciudadanos y defiende sus intereses, cuando responde a los gustos de la mayoría y hace del buen humor y la esperanza la primera propuesta; cuando ayuda a resolver los mil y un problemas de la vida cotidiana; cuando en sus programas se debaten todas las ideas y se respetan todas las opiniones. Cuando se estimula la diversidad cultural y no la homogeneización mercantil; cuando la mujer protagoniza la comunicación y no es una simple voz decorativa o un reclamo publicitario; cuando no se tolera ninguna dictadura, ni siquiera la musical impuesta por las disqueteras, cuando la palabra de todos vuela sin discriminación ni censuras, esa es una radio comunitaria..."
Esta definición, tal vez la más acertada, es sólo eso: una definición. No hay radio comunitaria que cumpla a rajatabla lo que aquí se define. Todas responden a sectores de la sociedad a los que defienden, en desmedro de los demás. Esto ocurre en todo el mundo.
El contenido, ( la programación) es lo más importante y no si vive de la publicidad, el diezmo, las cuotas sociales, los "aportes extraordinarios" de los amigos políticos, el subsidio, etc. Y, en este sentido, aparece otro tema de discusión:
¿PROGRAMACION LOCAL VERSUS PROGRAMACION NACIONAL?
¿Existe realmente una confrontación entre ambas, no como empresas comerciales vs. radios sin fines de lucro, sino en cuanto a los contenidos? A Vinny Mohr, Directora de Radio Cooperativa, de Vancouver, Canadá, le preguntaron la diferencia entre una emisora "localista" y otra de alcance nacional.
- "La radio local es como el espejo- dijo la canadiense con la sabiduría de muchas horas de micrófono- La nacional, como una ventana".
La emisora local es el reflejo de la gente. Los ciudadanos se ven a si mismos en la vida cotidiana, escuchan la voz de sus vecinos, tratan sus problemas, imaginan soluciones por medio de las propuestas, discuten y mejoran lo que proponen, escuchan su canción favorita, festejan cumpleaños, llaman para apoyar o quejarse de las autoridades, promocionan sus organizaciones intermedias, se organizan. La sociedad se escucha a si misma en una radio donde la comunicación es intensa. Al escucharse crece la autoestima. La sociedad crece por la crítica y la propuesta. La radio local construye identidad y fortalece el "soy de aquí".
Las radios nacionales (como emisora netamente federal) son como ventanas abiertas al mundo, a lo que está más allá del lugar que vivimos, es la voz de la gran ciudad donde se toman las decisiones. Nos muestra otra realidad del país, la diversidad cultural, religiosa y social. No es lo mismo vivir frente al monte de quebrachales que frente al Río de la Plata, ni un día de viento y nieve en la Patagonia que el sol pampeano despeinando los trigales o en el noroeste, haciendo estallar las vainas de algarroba.
No se puede querer lo que no se conoce. La radio nacional (verdaderamente federal y no simplemente "porteña") nos muestra otras costumbres, otras culturas, nos enseña a respetar lo diferente, estimar a los otros, aunque solo los conozcamos de oídas. Nos enseña que valemos lo mismo, aunque seamos de climas y regiones diferentes. La radio nacional (federalmente hablando) construye solidaridad y nos acrecienta orgullosamente el "somos".
Necesitamos de las dos radios. La radio local te enseña que no vales menos que otros. La nacional que no vales más que otros.
En una propuesta abierta de comunicación, ambas tienen cabida en la programación. Reflejos para vernos y conocernos más, ventanas para respetar y conocer a los otros. Ni encerrarnos en nuestro paisaje cotidiano, ni quedarse mirando solo el horizonte.
"LA NUEVA LEY"
Una Ley de Radiodifusión deberá crear de un ente regulador que, entre otras tareas administrativas, debería disponer de:
1) Una conducción administrativa-tecnocrática del organismo. (Con un Presidente, un Vicepresidente y cinco o seis directores nacionales que desarrollen y conduzcan el trabajo administrativo)
2) Un Consejo Federal que represente las 5 regiones en las que se halla dividido nuestro país: a) Noreste, b) Litoral, c) Pampeano, d) Cuyo y e) Patagonia. Este Consejo Federal deberá contar con 5 miembros, representantes de las provincias que integran cada zona, con un año de mandato rotativo. Su función debería ser promover el crecimiento cultural regional a través de los medios. Controlar los contenidos, resguardando la identidad inherente a cada provincia en la región. Estimular los programas pedagógicos a través de premios y menciones. Autorizar las cadenas regionales para informar a la comunidad, difundir festivales y o congresos de interés general. Dar participación a las Universidades públicas y privadas, para estimular el micro emprendimiento y el perfeccionamiento de los artesanos, inventores, escritores, músicos, poetas, pensadores.
Llevar un listado de todas las radios, canales de TV, video cables y cualquier otro servicio de radiodifusión nuevo a crearse en el futuro, a fin de proceder en casos de catástrofes, terrorismo o invasión extranjera, a integrar un Sistema de Emergencia Regional o, de ser necesaria, Federal.
Intervenir en la difusión y promoción de emisoras de radio y televisión que sean operadas por pueblos o etnias originales. Estimular la difusión, en cada pueblo, villa o ciudad, de la televisión educativa, coordinando con los Ministerios de Educación provinciales la producción de contenidos locales o regionales, en coordinación con el Ministerio de Educación de la Nación. Promover el uso de la radio y televisión educativa como apoyatura pedagógica en escuelas y colegios urbanos y rurales.
3) Un Consejo Asesor integrado por las cámaras representativas de cada una de las áreas de la radiodifusión, como ser: A) las cámaras representantes de cable operadores, B) la asociación de emisoras católicas. C) ARPA, CARFREM, FARCO y demás asociaciones de nivel nacional, regional o provincial, incluyendo las emisoras sindicales, mutualistas y de otras religiones o cultos. D) ATA y otras asociaciones de canales y repetidoras, regionales o locales.
3) Una dirección que autorizará toda emisión de contenidos a través del Sistema Fijo Nacional vía Satélite, incluyendo las autorizaciones para recibir contenidos de radio y televisión vía satélite desde el exterior para ser difundidas y o comercializadas en territorio nacional ya sea por el sistema TDH, el videocable y el CCCTV por vínculo radioeléctrico.
4) Un sector destinado al control del espectro de radiodifusión y transporte de programas en todas las bandas autorizadas. Ejercer el poder de policía para terminar con las emisiones ilegales y las interferencias, aplicando sanciones severas no sólo al emisor ilegal sino a las empresas que vendan equipamiento a sociedades comerciales, sociedades no comerciales o personas no autorizadas. El control del espectro deberá realizarse las 24 horas del día para evitar que se burle al Estado en las horas de mayor encendido, vespertinas y nocturnas.
5) Una Comisión Especial para promover la teledistribución, por vínculo físico o radioeléctrico, evitando el monopolio en las localidades cuya cantidad de habitantes permita operar más de un sistema de este tipo.
6) Un sector técnico para actualizar, permanentemente, todos los aspectos técnicos de los servicios de radiodifusión. El artículo debe ser lo suficientemente amplio como para poder eliminar, modificar, reemplazar o implementar nuevas tecnologías futuras, que sirvan al crecimiento, calidad y mejor desarrollo del sector.
7) Deberá ratificar, a la radiodifusión como un servicio de interés público.
8) Fortalecerá el Servicio Oficial de Radio y Televisión.
9) Ratificará la indelegabilidad de la explotación, tal como lo indica el actual artículo 67º de la Ley 22.285.
10) Unificará el criterio del pago de derechos de autor, compositor, intérprete, escritor o fondo específico, el que no podrá superar en su totalidad, el pago del gravamen a la radiodifusión.
11) Controlará estrictamente los tiempos de licencias o concesiones, desde el momento de otorgadas y de acuerdo a la ley vigente en ese momento, para evitar autorizaciones permanentes.
12) Aplicará un régimen de promoción para zonas rurales o de baja incidencia poblacional.
El organismo deberá presidir, además, un órgano para el control de contenidos, junto a ONG, representantes del Poder Legislativo (un diputado y un senador oficialista y un diputado y un senador de oposición), un equipo profesional obtenido de las universidades nacionales y privadas y un representante de cada gremio que interviene en la radiodifusión.
Estas son, en forma sucinta, los puntos básicos que debería contener una Ley de Radiodifusión, con el agregado de los artículos inherentes a quienes pueden ser sujetos de radiodifusión, el régimen sancionatorio, los límites de publicidad, transferencias, etc.-
CARFREM
CAMARA ARGENTINA DE RADIOS EN FRECUENCIA MODULADA
I G J Nº 33/05
Uruguay 560 - 5to - Of. 50
C. A. B. A.
gerencia@carfrem.com.ar
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