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las empresas de servicios publicos seran excluidas en la futura ley de servicios de comunicacion audiovisual

28-JUL/2008

Las empresas de telefonía básica como Telecom y Telefónica y otras compañías prestadoras de servicios públicos de gas, agua y energía no podrán dar servicios de radiodifusión, advirtió el interventor del COMFER, Juan Gabriel Marriotto.




En declaraciones a la agencia Télam, en referencia al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que se enviará en agosto al Parlamento, el funcionario explicó que en esa iniciativa "nunca estuvo en consideración" que las telefónicas sean habilitadas para dar servicios de radiodifusión. "Las cooperativas sí, las empresas que dan servicio público no", señaló Mariotto.

El interventor del COMFER aseguró que el proyecto "no está hecho en contra de nadie y ninguna coyuntura lo ha alterado". 

En el marco de un seminario organizado por la Federación de Cooperativas Telefónicas (Fecotel), dijo que la iniciativa será enviada al Parlamento en agosto y que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner decidirá si ingresa por la Cámara de Diputados o por el Senado.

Informó que se prevé dividir el espectro radioeléctrico en tres partes: "33% para el sector público, 33% para el privado sin fines de lucro y 33% para el sector privado".

Por su parte, el titular formal del Sistema Nacional de Medios Públicos, Gustavo López, dijo: "Será el Congreso el que buscará los mecanismos necesarios para evitar la competencia desleal que pudiera haber entre las cooperativas que dan servicios públicos y las cableras chicas o para diferenciar entre grandes y chicos", al término de su exposición y en diálogo con la agencia oficial Telam.

Cabe recordar que en el mes de junio el diario Crítica de la Argentina informó que el Gobierno sí estaba dispuesto a permitir el ingreso de las empresas de servicios públicos en el futuro marco regulatorio.

Todo parece indicar que en el interín hubo un cambio de opinión de las autoridades, que redactan el texto en el más absoluto hermetismo. 

En consecuencia, el texto de la futura ley no difiere en demasía con el actual marco regulatorio, que también excluye a las empresas de servicios públicos. El único cambio recaería sobre las cooperativas, que en la actualidad sólo pueden ofrecer servicios de televisión por suscripción por vínculo físico en localidades donde no lo preste una sociedad comercial. Pero con la futura Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual se habilitaría a estas asociaciones civiles a participar en cualquier mercado.

La noticia generó gran malestar en los ejecutivos de las dos principales prestatarias del servicio de telefonía básica. Es un nuevo revés en dos meses. Es que a fines del mes de junio un nuevo fallo del fuero Contencioso Administrativo ratificó la constitucionalidad del actual marco normativo, que veda la posibilidad de que las empresas de servicios públicos exploten licencias de radiodifusión.

¿Será la Corte Suprema la que determinará si la prohibición a las empresas de servicios públicos es una medida inconstitucional? ¿Que sucedería si falla en contra del marco normativo propuesto por el Gobierno?


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