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aadi
y capif se pelean por la ley del interprete
18-DIC/2006
Luego de muchos intentos, la Asociación Argentina de Intérpretes Musicales (AADI) logró que se tratara en una comisión del Senado de la Nación un proyecto para que se promulgue una ley de intérpretes de música en reemplazo del decreto 1671/74, que hasta ahora ampara los derechos de estos artistas.
El proyecto no sólo involucra a AADI. De manera más o menos directa, hay otras entidades con opinión. Una de ellas es Capif (la cámara que reúne a las empresas discográficas), que anteayer (12 de diciembre) envió un duro comunicado que cuestiona el proyecto y acusa a AADI por otros temas. Lo curioso es que ambas están asociadas (mediante aquel decreto) en AADI-Capif, que es una entidad recaudadora.
"Hace mucho que venimos luchando por esto, y ahora Capif le busca la quinta sota al mazo -explica Leopoldo Federico, que preside AADI-. Lo único que nosotros pretendemos es que el decreto con el que nos manejamos sea transferido a una ley para tranquilidad de todos los intérpretes. Nadie quiere que AADI-Capif deje de existir, ¿para qué queremos una ley si esto sucede? Acá hay más que nada un capricho de no ceder nada y de querer que los músicos estemos siempre bajo los pies de las fonograbadoras. Ya con los contratos que firmamos los músicos, por no saber o por no leer, se ceden muchas cosas."
El problema es que para Capif la ley amplía las facultades de AADI. La música que se difunde por Internet, la intervención colectiva en contratos individuales y la situación de monopolio son algunos de los temas que se cuestionan. Por todo esto la cámara discográfica envió un comunicado.
"Fue en respuesta a uno de AADI del 6 de diciembre, luego de una reunión de la Comisión de Legislación General en el salón Eva Perón [del Congreso]", dice Roberto Piay, titular de Capif. "Acá no está en tela de juicio lo que significan Leopoldo Federico, Susana Rinaldi y Horacio Malvicino como músicos y como gente a la que uno quiere entrañablemente. Creo que ellos no están al tanto de la parte técnica del proyecto. Lo que ocurre es que este proyecto pone en el ámbito de la gestión colectiva lo que los artistas tienen como derecho patrimonial de gestión individual. Dentro del ámbito digital, por ejemplo, se dificulta mucho el desarrollo del mercado en el campo de Internet", explica el ejecutivo.
Cualquiera que desee conocer el proyecto puede visitar la página en Internet del Congreso nacional, ingresar en el Senado y consultar el expediente
S-3447/05.
"Por el lado de los productores de fonogramas, si el proyecto se aprueba así nos deja en un vacío legal respecto de la recaudación, que actualmente realiza AADI-Capif. Con este reconocimiento por ley, AADI podría pedir la disolución o dejar vacío de contenido al decreto que dio origen a AADI-Capif. Nosotros nos quedamos sin marco legal. Dificultaría el ejercicio de nuestro derecho", dice Piay.
A esta preocupación hay que agregarle la acusación de esta entidad que figura en el comunicado: "AADI debe aclarar cuál fue el destino que dio al dinero de los intérpretes extranjeros recaudado en los últimos 30 años".
Desde la asociación de intérpretes responde el gerente de Legales, Nelson Avila. "Tenemos contratos de reciprocidad firmados con muchos países. Me gustaría que esto se aclarara y no se convirtiera en un conventillo. No tenemos quejas en el pago de derechos, por eso nos duele que se socave la confianza en la entidad."
Para volver al proyecto de ley conviene conocer la opinión de cada entidad a través de los testimonios de Piay y de Avila sobre cada tema.
Acerca de la música en Internet, para Capif "una cosa es asumir que en la radiodifusión y la comunicación al público se mantenga el esquema de distribución reconocido en el decreto y otra es hacer lo mismo en los derechos del campo digital".
Para AADI, las cosas son diferentes. "Te doy un ejemplo. Para que un tema del nuevo disco de Calamaro se pueda bajar de una página de Internet, la empresa tiene que haber hecho un contrato con el sitio. Por eso la compañía ya cobró. Pero si se pone un cartel que dice «escuche un fragmento» se genera un derecho que queremos percibir."
El monopolio es otro de los puntos cuestionados. Para AADI, "es un monopolio legal necesario. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) recomienda que exista una sola entidad por género".
Para Capif, también es necesario, aunque con esta ley "se extiende de manera increíble, porque obliga a que el intérprete deba estar representado forzosamente por AADI. La gestión colectiva tiene razón de ser. Lo que no lo tiene es extender el alcance, incorporando derechos que son de gestión individual como la vinculación contractual del artista con los productores. Por eso objetamos la ampliación y el hecho de que tengan la atribución de fijar aranceles".
La sociedad recaudadora AADI-Capif es un monopolio desde hace tres décadas. Uno legal, claro. Porque tener varias entidades recaudadoras sería muy costoso y transformaría al sistema en un caos para los cobros, aunque lo ideal sería que cada músico tuviera alternativas para ser representado.
Fuente: La
Nación
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